El fuero sindical lo denomina la corte constitucional en su sentencia T-938-11 como "... la garantía que propende por la estabilidad de quienes han decidido asociarse para crear o hacer parte de una organización sindical, consistente en que, en el evento en que su empleador pretenda despedirlos, trasladarlos o desmejorar sus condiciones laborales, deba acudir previamente a una autoridad judicial, a fin de que ella califique la causa de la decisión, revisando su concordancia con el ordenamiento vigente...” para mayor información, consulte www.corteconstitucional.gov.co
El fuero sindical lo denomina la corte constitucional en su sentencia T-938-11 como "... la garantía que propende por la estabilidad de quienes han decidido asociarse para crear o hacer parte de una organización sindical, consistente en que, en el evento en que su empleador pretenda despedirlos, trasladarlos o desmejorar sus condiciones laborales, deba acudir previamente a una autoridad judicial, a fin de que ella califique la causa de la decisión, revisando su concordancia con el ordenamiento vigente...”
ResponderBorrarpara mayor información, consulte www.corteconstitucional.gov.co
Muy interesante, Diego Alexander, tu aporte acerca del Fuero Sindical.
ResponderBorrar